Fiscalidad española
Fiscalidad de las criptomonedas en España: guía práctica
Vender, permutar o hacer staking: cada operación tiene su tratamiento en el IRPF. Esto es lo que debes saber antes de tu próxima declaración.
Por José María Ochando Donaire · Publicado el 19 de octubre de 2026
Respuesta rápida: en España las criptomonedas tributan en el IRPF cuando las vendes, las intercambias por otras criptos o las usas para pagar. Las permutas entre criptos también generan ganancia o pérdida, y las ventas parciales se calculan con el método FIFO.
Cuándo tributan las criptomonedas
En el IRPF español, las criptomonedas tributan cuando se produce una alteración patrimonial: venderlas por euros u otra moneda, intercambiarlas por otras criptomonedas o usarlas para pagar bienes o servicios. Simplemente mantenerlas en la cartera no genera obligación de declarar ganancias, aunque su valor suba.
Las permutas entre criptos también tributan
Es el error más extendido: cambiar bitcoin por ethereum, o cualquier cripto por otra, es una permuta y genera una ganancia o pérdida patrimonial. Se calcula por la diferencia entre el valor de adquisición de lo que entregas y su valor de mercado en el momento del intercambio. Que nunca hayas pasado por euros no te exime de declarar.
El método FIFO aplicado a cripto
Cuando vendes solo una parte de tus unidades, Hacienda aplica el criterio FIFO: se consideran vendidas primero las unidades más antiguas. Si compraste bitcoin en tres tandas distintas, la venta se imputa a la primera tanda, luego a la segunda, y así sucesivamente. Por eso es esencial registrar la fecha y el precio de cada compra.
Staking, airdrops y otras recompensas
Las recompensas de staking tributan, con carácter general, como rendimientos del capital mobiliario por su valor de mercado cuando las recibes. Los airdrops pueden tratarse como ganancias patrimoniales. Además, ese valor de mercado inicial se convierte en tu valor de adquisición para cuando vendas esas unidades en el futuro.
En qué tramos tributan
Las ganancias y pérdidas por criptomonedas se integran en la base imponible del ahorro, igual que las de acciones o fondos. Los tipos del ahorro son progresivos y se revisan periódicamente, por lo que conviene consultar los tramos vigentes en cada campaña de renta. Las pérdidas pueden compensarse con otras ganancias patrimoniales del mismo ejercicio.
La importancia de registrar cada operación
Con criptomonedas es habitual operar en varios exchanges, hacer decenas de permutas y recibir pequeñas recompensas. Sin un registro ordenado de fechas, cantidades y valores, calcular correctamente el FIFO se vuelve prácticamente imposible. Conserva los informes de cada plataforma y anota los movimientos entre carteras propias, que no tributan pero afectan al seguimiento de lotes.
Errores frecuentes
Los más habituales son creer que solo tributa la venta en euros, no declarar las permutas, usar el precio medio en lugar de FIFO, olvidar las recompensas de staking y no conservar justificantes de las compras antiguas. También es frecuente confundir la obligación informativa (modelos 721 o 720) con la declaración de ganancias en el IRPF: son obligaciones distintas.
Preguntas frecuentes
- ¿Hay que declarar las criptomonedas aunque no las venda?
- Tener criptomonedas sin venderlas no genera una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF. Sin embargo, pueden existir obligaciones informativas, como el modelo 721 si superas ciertos umbrales en el extranjero.
- ¿Cambiar bitcoin por ethereum tributa?
- Sí. La permuta entre criptomonedas es una alteración patrimonial: se calcula la ganancia o pérdida por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de mercado en el momento del intercambio, aunque no pases por euros.
- ¿Qué método se usa para calcular las ganancias?
- Se aplica el criterio FIFO: las primeras unidades compradas son las primeras que se consideran vendidas, igual que con acciones o fondos.
- ¿Cómo tributan las recompensas de staking?
- Las recompensas de staking se consideran, con carácter general, rendimientos del capital mobiliario y tributan en la base del ahorro por su valor de mercado en el momento de percibirlas.
Fuentes y alcance
Contenido educativo basado en la Ley 35/2006 del IRPF y en las consultas vinculantes publicadas por la Dirección General de Tributos sobre monedas virtuales. La normativa y los criterios pueden cambiar; consulta siempre la campaña de renta vigente.